Hallazgos

Discrepancias encontradas en fuentes oficiales colombianas mientras documentaba sus columnas: cifras que no concilian entre sí, metas corridas sin anunciarse, normas derogadas que siguen citándose.

Cada hallazgo cita el documento que lo contiene, con enlace y fecha de consulta, para que se pueda comprobar sin creerle nada a nadie. Las entidades citadas publican más y mejor que la mayoría del Estado colombiano: varias de estas discrepancias solo se ven porque publican lo suficiente como para poder contrastarlas.

Una comisión oficial atribuyó al ICA una cifra que era de todos los impuestos locales de Bogotá

Comisión de Estudio del Sistema Tributario Territorial · documento del

El informe final de la Comisión escribe que «los costos de cumplimiento del impuesto» representaban el 2,3 % de los ingresos brutos y el 3 % en las empresas pequeñas, citando un estudio del Banco Mundial de 2016. Ese estudio mide otra cosa: el 2,3 % es el costo de cumplir con todos los impuestos locales de Bogotá —industria y comercio, avisos y tableros, predial, vehículos—, no el del ICA solo. Y el dato de las pequeñas empresas es 3,3 %, no 3 %. La conclusión de fondo de la Comisión no cambia; el método de la cita sí.

Comisión de Estudio del Sistema Tributario Territorial, Informe final (julio de 2020), p. 131 — contrastado con Cámara de Comercio de Bogotá, Secretaría Distrital de Hacienda y Grupo Banco Mundial, «Los costos de cumplimiento tributario en Bogotá» (2016), Tabla 1. Consultado el .

Publicado en Su negocio gasta más tiempo y dinero en el ICA que en la nómina.

Un boletín del IGAC da tres cifras distintas del mismo avance catastral

Instituto Geográfico Agustín Codazzi · documento del

El titular del comunicado anuncia que el rezago en los valores del suelo se redujo en el 67 % del territorio nacional. El cuerpo del mismo texto dice que la actualización catastral llegó a 326 municipios, «equivalente a cerca del 40 % del territorio nacional». Las dos cifras pueden ser ciertas y medir cosas distintas —valores del suelo en un caso, catastro multipropósito en el otro—, pero conviven sin que se advierta la diferencia. Hay una tercera: el mismo boletín afirma que «859 municipios redujeron décadas de rezago», y párrafos después que 326 tienen catastro multipropósito actualizado «y otros 568 son resultado del ajuste masivo». 326 más 568 son 894. Los 35 municipios de diferencia no se explican en el documento; puede haber traslape entre categorías, pero el alcalde que quiera usar la cifra para su presupuesto no tiene cómo saberlo.

IGAC, sala de prensa, comunicado del 11 de febrero de 2026. Consultado el .

Publicado en El municipio que no sabe cuánto vale su suelo tampoco sabe cuánto le deben.

La meta de catastro completo se corrió cinco años, y el corrimiento no se anunció como tal

DNP e IGAC · documento del

El CONPES 3958, aprobado el 26 de marzo de 2019, comprometió al país a pasar del 5,68 % del área del territorio con información catastral actualizada al 60 % en 2022 y al 100 % en 2025, y le puso precio: 5,28 billones de pesos constantes de 2019 en siete años. El 5 de agosto de 2026 el IGAC presentó su Nuevo Modelo de Gestión y Operación Catastral 2026-2035 con otras metas: 70 % en 2028 y 100 % en 2030. Son cinco años de corrimiento sobre un compromiso con costo aprobado, presentados como hoja de ruta nueva y no como incumplimiento de la anterior.

IGAC, «El IGAC presenta el Nuevo Modelo de Gestión y Operación Catastral 2026-2035» (5 de agosto de 2026) — contrastado con DNP, Documento CONPES 3958 (26 de marzo de 2019). Consultado el .

Publicado en El municipio que no sabe cuánto vale su suelo tampoco sabe cuánto le deben.

La doctrina tributaria oficial se publica como obra con ISBN, y sus notas de vigencia tienen derechos reservados

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales · documento del

La Compilación Jurídica de la DIAN publica cada concepto en HTML con sus concordancias y sus notas de vigencia, y funciona bien. Su página de créditos declara que la publicación está registrada con ISBN 978-958-53111-1-4 y que las notas de vigencia, las concordancias y la disposición de los textos están protegidas por derecho de autor, con prohibición expresa de su reproducción y divulgación masiva. Los textos normativos son libres —la misma página lo aclara citando el artículo 41 de la Ley 23 de 1982—; lo que tiene dueño es la capa que responde cuál concepto sigue vigente y desde cuándo.

«Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, notas de legislación anterior, extractos de jurisprudencia, índices temáticos […] queda prohibida la copia, división, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva.»

DIAN, Compilación Jurídica — Créditos y reserva de derechos de autor — contrastado con Ley 1712 de 2014, que obliga a publicar datos abiertos reutilizables sin restricciones. Consultado el .

Publicado en La doctrina con la que la DIAN lo audita tiene ISBN.

La autoridad doctrinaria nacional en materia tributaria contrató acceso privado para consultar doctrina tributaria

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales · documento del

En octubre de 2018 la DIAN firmó un contrato de 61 millones de pesos con una casa editorial privada por una suscripción a una publicación jurídica electrónica, para que sus funcionarios pudieran consultar de manera confiable la normatividad, la jurisprudencia y la doctrina tributaria. En enero de 2026 firmó otros 105 millones con la misma editorial para sostener el normograma un año más. El Decreto 1742 de 2020 designa a la DIAN autoridad doctrinaria nacional en materia tributaria y le encarga compilar y difundir su doctrina en sus publicaciones oficiales.

SECOP II, contrato 00-185-2018 (proceso CO1.NTC.568576) — contrastado con SECOP II, contrato 00-011-2026 (proceso CO1.NTC.9730718). Consultado el .

Publicado en La doctrina con la que la DIAN lo audita tiene ISBN.

El «Motor de búsqueda doctrina» del portal de la DIAN apunta a un dominio que no existe

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales · documento del

La sección de Doctrina del portal de la DIAN, en la página de la Dirección de Gestión Jurídica, ofrece un enlace rotulado «Motor de búsqueda doctrina». El 8 de septiembre de 2026 ese enlace apuntaba a un dominio que tres servidores DNS distintos reportaban como inexistente. El normograma responde con normalidad; el buscador enlazado desde el portal oficial, no.

DIAN, Normatividad › Doctrina › Dirección de Gestión Jurídica. Consultado el .

Publicado en La doctrina con la que la DIAN lo audita tiene ISBN.

Un concepto de 2026 se apoya en un artículo derogado en 2019

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales · documento del

El Concepto 000405 del 15 de enero de 2026 invoca el artículo 264 de la Ley 223 de 1995, sobre los efectos de actuar amparado en la doctrina oficial. Ese artículo fue derogado por el artículo 122 de la Ley 1943 de 2018 —declarada inexequible con efectos desde el 1.º de enero de 2020— y de nuevo por el artículo 160 de la Ley 2010 de 2019. Cabe una lectura defendible, porque la DIAN lo cita junto al análisis de exequibilidad de la Corte, y por eso este hallazgo se documenta con la reserva de que no es un error sin matices sino una cita que exige explicación.

Ley 2010 de 2019, artículo 160, en la Compilación Jurídica de la DIAN — contrastado con DIAN, Concepto 000405 del 15 de enero de 2026. Consultado el .

Documentado y no publicado todavía en una columna.

Jaime Alonso Cano Pino7 hallazgos documentados.