Discrepancias encontradas en fuentes oficiales colombianas mientras documentaba sus columnas: cifras que no concilian entre sí, metas corridas sin anunciarse, normas derogadas que siguen citándose.
Cada hallazgo cita el documento que lo contiene, con enlace y fecha de consulta, para que se pueda comprobar sin creerle nada a nadie. Las entidades citadas publican más y mejor que la mayoría del Estado colombiano: varias de estas discrepancias solo se ven porque publican lo suficiente como para poder contrastarlas.
Una comisión oficial atribuyó al ICA una cifra que era de todos los impuestos locales de Bogotá
Comisión de Estudio del Sistema Tributario Territorial · documento del
El informe final de la Comisión escribe que «los costos de cumplimiento del impuesto» representaban el 2,3 % de los ingresos brutos y el 3 % en las empresas pequeñas, citando un estudio del Banco Mundial de 2016. Ese estudio mide otra cosa: el 2,3 % es el costo de cumplir con todos los impuestos locales de Bogotá —industria y comercio, avisos y tableros, predial, vehículos—, no el del ICA solo. Y el dato de las pequeñas empresas es 3,3 %, no 3 %. La conclusión de fondo de la Comisión no cambia; el método de la cita sí.
Un boletín del IGAC da tres cifras distintas del mismo avance catastral
Instituto Geográfico Agustín Codazzi · documento del
El titular del comunicado anuncia que el rezago en los valores del suelo se redujo en el 67 % del territorio nacional. El cuerpo del mismo texto dice que la actualización catastral llegó a 326 municipios, «equivalente a cerca del 40 % del territorio nacional». Las dos cifras pueden ser ciertas y medir cosas distintas —valores del suelo en un caso, catastro multipropósito en el otro—, pero conviven sin que se advierta la diferencia. Hay una tercera: el mismo boletín afirma que «859 municipios redujeron décadas de rezago», y párrafos después que 326 tienen catastro multipropósito actualizado «y otros 568 son resultado del ajuste masivo». 326 más 568 son 894. Los 35 municipios de diferencia no se explican en el documento; puede haber traslape entre categorías, pero el alcalde que quiera usar la cifra para su presupuesto no tiene cómo saberlo.
La meta de catastro completo se corrió cinco años, y el corrimiento no se anunció como tal
DNP e IGAC · documento del
El CONPES 3958, aprobado el 26 de marzo de 2019, comprometió al país a pasar del 5,68 % del área del territorio con información catastral actualizada al 60 % en 2022 y al 100 % en 2025, y le puso precio: 5,28 billones de pesos constantes de 2019 en siete años. El 5 de agosto de 2026 el IGAC presentó su Nuevo Modelo de Gestión y Operación Catastral 2026-2035 con otras metas: 70 % en 2028 y 100 % en 2030. Son cinco años de corrimiento sobre un compromiso con costo aprobado, presentados como hoja de ruta nueva y no como incumplimiento de la anterior.
La doctrina tributaria oficial se publica como obra con ISBN, y sus notas de vigencia tienen derechos reservados
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales · documento del
La Compilación Jurídica de la DIAN publica cada concepto en HTML con sus concordancias y sus notas de vigencia, y funciona bien. Su página de créditos declara que la publicación está registrada con ISBN 978-958-53111-1-4 y que las notas de vigencia, las concordancias y la disposición de los textos están protegidas por derecho de autor, con prohibición expresa de su reproducción y divulgación masiva. Los textos normativos son libres —la misma página lo aclara citando el artículo 41 de la Ley 23 de 1982—; lo que tiene dueño es la capa que responde cuál concepto sigue vigente y desde cuándo.
«Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, notas de legislación anterior, extractos de jurisprudencia, índices temáticos […] queda prohibida la copia, división, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva.»
La autoridad doctrinaria nacional en materia tributaria contrató acceso privado para consultar doctrina tributaria
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales · documento del
En octubre de 2018 la DIAN firmó un contrato de 61 millones de pesos con una casa editorial privada por una suscripción a una publicación jurídica electrónica, para que sus funcionarios pudieran consultar de manera confiable la normatividad, la jurisprudencia y la doctrina tributaria. En enero de 2026 firmó otros 105 millones con la misma editorial para sostener el normograma un año más. El Decreto 1742 de 2020 designa a la DIAN autoridad doctrinaria nacional en materia tributaria y le encarga compilar y difundir su doctrina en sus publicaciones oficiales.
El «Motor de búsqueda doctrina» del portal de la DIAN apunta a un dominio que no existe
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales · documento del
La sección de Doctrina del portal de la DIAN, en la página de la Dirección de Gestión Jurídica, ofrece un enlace rotulado «Motor de búsqueda doctrina». El 8 de septiembre de 2026 ese enlace apuntaba a un dominio que tres servidores DNS distintos reportaban como inexistente. El normograma responde con normalidad; el buscador enlazado desde el portal oficial, no.
Un concepto de 2026 se apoya en un artículo derogado en 2019
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales · documento del
El Concepto 000405 del 15 de enero de 2026 invoca el artículo 264 de la Ley 223 de 1995, sobre los efectos de actuar amparado en la doctrina oficial. Ese artículo fue derogado por el artículo 122 de la Ley 1943 de 2018 —declarada inexequible con efectos desde el 1.º de enero de 2020— y de nuevo por el artículo 160 de la Ley 2010 de 2019. Cabe una lectura defendible, porque la DIAN lo cita junto al análisis de exequibilidad de la Corte, y por eso este hallazgo se documenta con la reserva de que no es un error sin matices sino una cita que exige explicación.